tag:blogger.com,1999:blog-2122993821381327039.comments2022-03-29T12:35:33.794+02:00ABOGADOS DOCE TABLASDespacho de Abogados Doce Tablashttp://www.blogger.com/profile/00956243575905491093noreply@blogger.comBlogger23125tag:blogger.com,1999:blog-2122993821381327039.post-17541710229812795212013-12-02T23:00:23.749+01:002013-12-02T23:00:23.749+01:00Hola a todos. Soy el administrador del blog mencio...Hola a todos. Soy el administrador del blog mencionado en esta entrada y quería hacer saber a todos que gracias a la profesionalidad e implicación de este despacho en el asunto de Combustingás, es posible arremeter legalmente y de una vez por todas contra esta empresa. Esperamos que todos los afectados que leáis estas entradas os registréis en el blog pues, como mínimo, estaréis informados de toda la información relevante que surja por medio de este Despacho o de los usuarios con sus comentarios. No dejéis que nadie se aproveche de vosotros ni de vuestros mayores como está haciendo esta empresa.Paco Calerohttps://www.blogger.com/profile/00897583354846070363noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-2122993821381327039.post-32002002184170245142013-11-10T14:37:01.249+01:002013-11-10T14:37:01.249+01:00marianland, no comprendemos bien la pregunta. ¿Te ...marianland, no comprendemos bien la pregunta. ¿Te refieres a qué tipo de acción hay que interponer para el caso de que no se respeten las legítimas de los herederos legitimarios (los legatarios no necesariamente son herederos legitimarios) en un supuesto en que se han donado en vida bienes colacionables?<br /><br />Un saludoDespacho de Abogados Doce Tablashttps://www.blogger.com/profile/00956243575905491093noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-2122993821381327039.post-64957690668874856812013-09-25T13:42:54.691+02:002013-09-25T13:42:54.691+02:00Estupendísima explicación que aclara muchas dudas ...Estupendísima explicación que aclara muchas dudas pero me restan dos... ¿cuál sería la acción o qué tipo de procedimiento tendrían que poner los legatarios para hacer respetar sus legítimas? ¿sería una impugnación de testamento? ¿una acción declarativa? Si hubiera legados en el testamento ¿habría que demandar también a los legatarios o bastaría con que fueran llamados al procedimiento que fuera como terceros interesados? Gracias!! marianlandhttps://www.blogger.com/profile/06557338899012473155noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-2122993821381327039.post-49839062750877190572013-02-24T12:25:42.728+01:002013-02-24T12:25:42.728+01:00Para evitar la ruptura no. Cuestión distinta son l...Para evitar la ruptura no. Cuestión distinta son los derechos patrimoniales conjuntamente adquiridos (por ejemplo, si ambos han comprado juntos un bien inmueble o abierto juntos una cuenta corriente) o los derechos sobre los hijos si estos existiesen; aunque estos grupos de derechos se adquieren de todos modos en su caso aunque la pareja no se hubiera inscrito.Despacho de Abogados Doce Tablashttps://www.blogger.com/profile/00956243575905491093noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-2122993821381327039.post-20763168143628479352013-02-22T22:43:05.701+01:002013-02-22T22:43:05.701+01:00Muchas gracias por su precisa aclaración a las dos...Muchas gracias por su precisa aclaración a las dos cuestiones que les planteé sobre las Parejas de Hecho. Se me ocurre ahora otra pregunta al hilo del mismo tema: en caso de ruptura unilateral, puede el otro miembro de la pareja acogerse a algún derecho?Pedro Hernándeznoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-2122993821381327039.post-73565527641082337942013-02-17T13:30:16.135+01:002013-02-17T13:30:16.135+01:00En la Comunidad Valenciana, a diferencia de alguna...En la Comunidad Valenciana, a diferencia de algunas otras comunidades autónomas, existe una Ley Autonómica de aplicación que regula aspectos tales como la constitución, extinción y efectos de parejas de hecho. Se trata de la Ley 5/2012 de Uniones de Hecho formalizadas en la Comunidad Valenciana.<br />En concreto, respecto a las preguntas que plantea, su Estado Civil es soltero, toda vez que pese a que la Unión de Hecho es una situación de convivencia análoga a la conyugal, no modifica, estricto sensu, su Estado Civil.<br />Lo anterior es uno de los factores que explica precisamente la sencillez de la extinción de la Unión de Hecho. No habiendo modificación de Estado Civil no cabe hablar de "divorcio" y basta con la mera solicitud de cancelación de la inscripción a instancia de cualquiera de los miembros de la Unión en sede del Registro en el que conste la misma.Despacho de Abogados Doce Tablashttps://www.blogger.com/profile/00956243575905491093noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-2122993821381327039.post-2894202897279129272013-02-15T22:16:03.559+01:002013-02-15T22:16:03.559+01:00Hace poco, nos inscribimos mi pareja y yo en el Ay...Hace poco, nos inscribimos mi pareja y yo en el Ayuntamiento como pareja de hecho, y hace unos días, rellenando un cuestionario por Internet tenía que poner mi estado y no sabía qué hacer. Al final opté por poner el aspa en la casilla de "Soltero". ¿Hice bien o no? Por otra parte, ¿cómo se divorcian las parejas de hecho? ¿Es complicado? Les ruego me orienten un poco sobre el tema. Gracias.Pedro Hernándeznoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-2122993821381327039.post-32341594914801446492013-02-11T10:06:07.715+01:002013-02-11T10:06:07.715+01:00Gracias Juan. Esperamos publicar la segunda parte ...Gracias Juan. Esperamos publicar la segunda parte de la entrada, referente a guarda, custodia y alimentos de hijos menores de edad tras una crisis matrimonial o paramatrimonial, esta misma semana. Un asunto con todavía más repercusión práctica.<br /><br />Un saludo.Despacho de Abogados Doce Tablashttps://www.blogger.com/profile/00956243575905491093noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-2122993821381327039.post-21367492390915222352013-02-11T09:42:02.979+01:002013-02-11T09:42:02.979+01:00Lo bien que me hubiera venido el cuatrimestre pasa...Lo bien que me hubiera venido el cuatrimestre pasado, resume perfectamente mis apuntes de D.Matrimonial!!Juan Manuel Vizuete Calafellhttps://www.blogger.com/profile/04135280176503704836noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-2122993821381327039.post-36834222843430959392013-02-08T21:28:40.061+01:002013-02-08T21:28:40.061+01:00La verdad es que los participantes que me han prec...La verdad es que los participantes que me han precedido se me han adelantado en lo de alabar la manera con que habéis aclarado, y sin mucha verborrea, los principales aspectos de la problemática hereditaria. En lo referente a la donación en vida a un tercero, en perjuicio, claro, de la herencia de los hijos, no estoy muy de acuerdo, pues yo creía que en vida uno podía disponer de su patrimonio como le viniera en gana, y si los hijos no se han preocupado de su padre, es muy justo que ese padre quiera recompensar a quien verdaderamente se ha preocupado por él y le ha estado atendiendo. Pero claro, vosotros nos explicáis cómo es la ley, y suscribo también que lo habéis hecho muy bien. Gracias. pedronoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-2122993821381327039.post-60362556677596317292013-02-07T09:43:46.035+01:002013-02-07T09:43:46.035+01:00Es un placer participar en tu noble iniciativa. Es...Es un placer participar en tu noble iniciativa. Esperamos que nuestro asesoramiento técnico sólo sea una parte más del engranaje que hará que cambien las cosas, que las prácticas comerciales de este tipo de empresas devengan legales y limpias y que el respeto a los derechos de Consumidores y Usuarios constituya la norma general y no la excepción.Despacho de Abogados Doce Tablashttps://www.blogger.com/profile/00956243575905491093noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-2122993821381327039.post-89115271834510102522013-02-06T22:20:00.266+01:002013-02-06T22:20:00.266+01:00Como responsable del blog comentado en esta entrad...Como responsable del blog comentado en esta entrada debo agradecer al despacho de abogados DOCE TABLAS la inestimable colaboración que está llevando a cabo en el blog "Denuncias, quejas y estafas". Esta colaboración es una brisa de aire fresco para muchos usuarios que, desanimados y dispuestos a ceder a las estafas sufridas sin hacer nada al respecto, encuentran un lugar en el que se les guía legalmente, se les comprende y se les da apoyo on line para hacer público su caso concreto.<br />A todo el despacho de DOCE TABLAS... GRACIAS.Paco Calerohttps://www.blogger.com/profile/00897583354846070363noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-2122993821381327039.post-63908195741009872552013-01-31T14:21:53.048+01:002013-01-31T14:21:53.048+01:00Hola Lara. Estamos muy agradecidos con los comenta...Hola Lara. Estamos muy agradecidos con los comentarios positivos que se están produciendo y el tuyo es un motivo más para dar las gracias. Con independencia de ello, lo que realmente nos gustaría es poder colaborar resolviendo dudas sobre las materias que en concreto se tratan con el fin de ir creando un auténtico acervo jurídico que pueda resultar útil a todo el mundo.<br /><br />Un saludo.Despacho de Abogados Doce Tablashttps://www.blogger.com/profile/00956243575905491093noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-2122993821381327039.post-17584492629481358882013-01-31T12:47:21.067+01:002013-01-31T12:47:21.067+01:00Me llamo Lara y estudio 5º de Derecho en no diré q...Me llamo Lara y estudio 5º de Derecho en no diré qué Universidad. Un amigo me ha recomendado el blog. Sólo quiero decirles que son muchas las veces que me han explicado justo lo que ustedes explican aquí (que en realidad es básico, planteamiento de derecho sucesorio y legítima), mucha doctrina y muchos apuntes leídos y nunca me habían hecho un planteamiento tan claro, tan resumido y tan acertado sobre la materia. Está tan bien explicado que se convierte en sencillo y eso es de lo que se trata.<br /><br />Asi que...gracias.Anonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-2122993821381327039.post-37687093941423414722013-01-29T15:06:11.239+01:002013-01-29T15:06:11.239+01:00Muchas gracias por sus palabras. Son todo un estím...Muchas gracias por sus palabras. Son todo un estímulo para seguir mejorando.<br />No dude en dirigirse a nosotros sobre éste o cualquier asunto con el que tenga dificultades, estaremos encantados de ayudarla.Despacho de Abogados Doce Tablashttps://www.blogger.com/profile/00956243575905491093noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-2122993821381327039.post-65456906547732734892013-01-29T13:26:39.362+01:002013-01-29T13:26:39.362+01:00intentando resolver una duda sobre una herencia en...intentando resolver una duda sobre una herencia en mi familia, he dado con este recién estrenado blog y me parece un magnífico hallazgo. Sin duda, si este blog sigue creciendo, se convertirá en un espacio en el que resolver dudas y comprender los complejos temas del derecho, que antes o después, en un ámbito u otro, nos afectan a todos. Me ha encantado la forma en que, utilizando ejemplos sencillos, han explicado los distintos supuestos que podrían darse. <br /><br />Mis más sinceras felicitaciones y agradecimientos por esta iniciativa que, para quienes desconocemos el tema jurídico, resulta tan orientativa como amena. <br />Mercedes M.P.https://www.blogger.com/profile/17254635896326067631noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-2122993821381327039.post-59151343158484487032013-01-28T12:51:42.051+01:002013-01-28T12:51:42.051+01:00Si el causante, antes de su fallecimiento, ha dona...Si el causante, antes de su fallecimiento, ha donado bienes a un tercero y los bienes donados en vida superan el valor de la legítima que correspondería a cada uno de los herederos legitimarios, esos bienes son colacionables (se traen a colación) en la herencia del causante. <br />En ese caso, o bien esos bienes regresan a la herencia y se redistruyen de modo que se respete la proporción de la legítima respecto al valor total o bien la persona a la que se donaron aquellos bienes tiene que compensar la diferencia a los herederos legitimarios hasta cubrir el valor de su legítima.<br />Si no fuese así sería muy fácil dejar a los herederos sin legítima simplemente haciendo donaciones antes de fallecer.Despacho de Abogados Doce Tablashttps://www.blogger.com/profile/00956243575905491093noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-2122993821381327039.post-20091871866095493502013-01-28T11:53:25.167+01:002013-01-28T11:53:25.167+01:00Si lo he entendido bien, no se puede dar a los que...Si lo he entendido bien, no se puede dar a los que no sean herederos mas que una tercera parte de la herencia. Pero me gustaria saber qué pasa si antes de fallecer esa persona le ha dado sus bienes a un tercero.<br /><br />Muchas gracias y perdonen la molestia.Raquel Castronoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-2122993821381327039.post-5043723963367466202013-01-22T13:05:33.255+01:002013-01-22T13:05:33.255+01:00Si esta pagina resulta ser la mitad de interesante...Si esta pagina resulta ser la mitad de interesante de lo que anuncian ya sera un buen sitio para consultar.Anonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-2122993821381327039.post-39257171125745667672013-01-21T10:55:09.140+01:002013-01-21T10:55:09.140+01:00En efecto, no pretendemos que el blog sirva para t...En efecto, no pretendemos que el blog sirva para teorizar académicamente sobre distintas materias. Muy al contrario, una de sus finalidades es precisamente que lo que aquí se explique, trate o resuelva sea práctico y útil para resolver los problemas o dudas que a todos nos surgen día a día. Esa vocación de ayuda se perdería si fuésemos farragosos en las explicaciones.<br />Así pues, agradecemos su sugerencia y le aseguramos que no caerá en saco roto.Despacho de Abogados Doce Tablashttps://www.blogger.com/profile/00956243575905491093noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-2122993821381327039.post-14103072379317007202013-01-20T23:15:45.416+01:002013-01-20T23:15:45.416+01:00Es interesante poder contar con una buena ventana ...Es interesante poder contar con una buena ventana de acceso al conocimiento del mundo de las leyes y sus entresijos. Espero que vuestras disertaciones sobre la materia sean amenas y didácticas y no muy farragosas. Yo, como a los médicos, espero no tener que necesitaros, pero es bueno que, como los médicos, estéis ahí por lo que pueda ocurrir...Pedronoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-2122993821381327039.post-83519646707705208862013-01-20T21:55:19.259+01:002013-01-20T21:55:19.259+01:00Agradecemos sinceramente tanto el hecho de su come...Agradecemos sinceramente tanto el hecho de su comentario como su contenido JoseLuis. Es un estímulo recibir palabras como las suyas.<br />Esperamos estar a la altura de las expectativas creadas.<br /><br />Un saludo.Despacho de Abogados Doce Tablashttps://www.blogger.com/profile/00956243575905491093noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-2122993821381327039.post-62763372599844814792013-01-20T20:36:05.724+01:002013-01-20T20:36:05.724+01:00He caído hoy en este blog por casualidad. A partir...He caído hoy en este blog por casualidad. A partir de ahí he entrado en su página web y en su perfil de facebook y debo decirles que la puesta en escena es atractiva, seria y muy interesante.<br />Les felicito sinceramente.JoseLuisnoreply@blogger.com